Durant les dues primeres setmanes de juny s'ha celebrat la 112a Conferència Internacional del Treball (CIT) a Ginebra, presidida enguany per la República de Moldova i a la qual han acudit representants dels sindicats més representatius, de la patronal i dels governs dels 187 països que formen part de la OIT.
La delegació espanyola ha estat formada per representants sindicals de la Unió General de Treballadores i Treballadors (UGT), Comissions Obreres (CCOO) a la qual també van assistir de la Confederació Intersindical Gallega (CIG), Solidaritat dels Treballadors Bascos (ELA) i de la patronal, la Confederació Espanyola d'Organitzacions Empresarials (CEOE) i de petites i mitjanes empreses (Cepyme). Així mateix, la ministra de treball i economia social espanyola, Sra. Yolanda Díaz, ha acudit a la conferència per primera vegada en representació del govern, participant en el plenari. Atès que els principals sindicats que defensen en aquests moments els interessos de les treballadores i treballadors del Servei d'Atenció Domiciliària és CGT i COBAS, he recollit totes les imatges que corresponen a la lluita d'aquestes treballadores per un conveni just. Hem de deixat clar que el principi rector que mou a les persones que desenvolupen la feina de les cures a Catalunya és el de que aquest servei sigui gestionat per l'Ajuntament i la Generalitat, és a dir, que torni a ser un servei públic, perquè és així com el col·lectiu de les 10.000 treballadores i treballadores que formen el Servei d'Atenció a Domicili a Catalunya podran exercir la seva feina respectant-se les normes de drets humans, drets laborals, i de la OIT (les 5 R per al treball de cures
decent (reconeixement, reducció i redistribució de la cura no remunerada, i
recompensa i representació dels treballadors de la cura). Així mateix el col·lectiu de persones que són ateses podran rebre un servei molt més efectiu.
Les 5 R per al treball de cures
decent (reconeixement, reducció i redistribució de la cura no remunerada, i
recompensa i representació dels treballadors de la cura).
Imatge d'arxiu de la concentració i manifestació de les treballadores i treballadors del SAD (Servei d'Atenció Domiciliària), que reivindiaven un conveni just, el passat 21 d'agost de 2024. Foto: Autor: Maxi Martos, del blog de lasafueras.info (Asociación Cultural Las Afueras).
Resolució relativa al treball decent i l'economia de la
cura
La Conferència General de l'Organització Internacional del Treball, congregada a Ginebra
en la seva 112a reunió de 2024,
Havent celebrat una discussió general sobre el treball decent i l'economia de la cura,
i tenint degudament en compte la Declaració de Filadèlfia, 1944, i la Declaració del Centenari
de la OIT per al Futur del Treball, 2019, a fi d'aconseguir que el treball decent en
l'economia de la cura sigui una realitat,
1. Adopta les següents conclusions;
2. Convida al Consell d'Administració de l'Oficina Internacional del Treball a prestar la deguda
consideració a aquestes conclusions i a orientar a l'Oficina Internacional del Treball sobre la seva
posada en pràctica;
3. Sol·licita al Director General que:
a) prepari un pla d'acció sobre el treball decent i l'economia de la cura per a donar
curs a les conclusions, que serà sotmès a la consideració del Consell d'Administració
en la seva 352a reunió (octubre-novembre de 2024);
b) comuniqui les conclusions a les organitzacions internacionals i regionals
pertinents;
c) tingui en compte les conclusions quan prepari les futures propostes de Programa i
Pressupost i quan mobilitzi recursos extrapressupostaris;
d) mantingui informat al Consell d'Administració sobre la seva aplicació.
L'Organització Internacional del Treball (OIT) està consagrada a la promoció de la justícia social, dels drets humans i laborals reconeguts internacionalment, perseguint la seva missió fundadora: la justícia social és essencial per a la pau universal i permanent.
Única agència tripartida de l'ONU, la OIT reuneix governs, ocupadors i treballadors de 187 Estats membres a fi d'establir les normes del treball, formular polítiques i elaborar programes promovent el treball decent de tots, dones i homes.
Conclusiones relativas al trabajo decente y la economía del
cuidado
Imatge de la manifestació de les treballadores del Servei d'Atenció Domiciliària, reivindicant millores salarials i socials en el conveni, que en aquest moment transcorreix per la Via Laietana, el passat 21 d'agost. Foto de Maxi Martos, del blog de lasafueras.info (Asociación Cultural Las Afueras).
I. Contexto – El trabajo decente y la economía del cuidado: es necesario
actuar con urgencia.
1. El cuidado es esencial para el bienestar humano, social, económico y ambiental y el desarrollo
sostenible. El trabajo del cuidado, remunerado y no remunerado, es esencial para realizar
cualquier otro trabajo. Una economía del cuidado sólida y que funcione bien contribuye a que
los trabajadores de hoy y de mañana estén más sanos, crea empleo, constituye un apoyo para
las empresas y mejora la productividad. Las transformaciones que experimenta el mundo del
trabajo, impulsadas por las innovaciones tecnológicas, los cambios demográficos, y el cambio
medioambiental y climático repercuten en la demanda y la oferta de cuidados, así como en el
acceso a estos.
2. Una economía del cuidado sólida y que funcione bien es fundamental para aumentar la
resiliencia ante las crisis, incluidas las pandemias y la fuga de cerebros, así como para lograr
la igualdad de género y la inclusión y combatir otras desigualdades, al promover el desarrollo
económico y social, un enfoque del futuro del trabajo centrado en las personas, una transición
justa y la justicia social. La economía del cuidado está creciendo con rapidez y genera y propicia
oportunidades de empleo.
3. En todo el mundo, la mayor parte del trabajo del cuidado remunerado y no remunerado lo
realizan las mujeres.
4. La pandemia de la COVID-19 puso de relieve la importancia de la economía del cuidado y
evidenció las lagunas existentes en las políticas públicas. La pandemia exacerbó la carga
desproporcionada del trabajo del cuidado no remunerado que asumen las mujeres y las niñas
y los déficits de trabajo decente que ya afectaban a los trabajadores del cuidado, entre otros,
las largas jornadas de trabajo y los riesgos para la seguridad y salud en el trabajo —por
ejemplo, la exposición a la violencia y el acoso, incluida la violencia y el acoso por razón de
género—, así como la grave escasez de personal y de competencias.Treballadores i treballadors del SAD (Servei d'Atenció a Domicili) demanant un conveni just, que inclogui pagues extres, millores salarials dret a les baixes remunerades, etc...En tot Catalunya són més de 10.000 treballadores que demanen des de fa anys que la gestió d'aquest servei sigui públic. Porten més d'un any negociant el seu conveni.
5. La fuerza de trabajo del cuidado es heterogénea. Aunque el trabajo del cuidado es sumamente
exigente y, con frecuencia, requiere elevados niveles de competencias y conocimientos
especializados, esas competencias no siempre se reconocen plenamente ni se valoran en su
justa medida. Si bien algunos trabajadores del cuidado están altamente cualificados y bien
remunerados, otros muchos, sobre todo los trabajadores migrantes y los trabajadores
domésticos, permanecen en la economía informal, perciben bajas remuneraciones y quedan
excluidos, en la legislación o en la práctica, de las medidas de protección, incluida la protección
social y laboral. Los trabajadores de la salud y del cuidado comunitarios, que a menudo no son
reconocidos como trabajadores, también carecen de dicha protección. Los trabajadores
migrantes, muchos de los cuales son mujeres, con frecuencia no pueden ejercer plenamente
los mismos derechos que los demás trabajadores.El contingut de la pancarta que enarbola la treballadora del SAD és prou elocuent: "yo los levanto, les hago la higiene, les doy el desayuno, los llevo a pasear, les hago sonreir." Demanen fer com a mínim 35 hores setmanals, entre altres reivindicacions, per cobrar el salari mínim interprofessional. Imatge: Autor: Maxi Martos, del blog lasafueras.info (Asociación Cultural Las Afueras).
El trabajo decente y la economía del cuidado
presentan también otros desafíos, como una fuerte segregación ocupacional por motivos
étnicos, raciales y de género, y la subvaloración del trabajo del cuidado. Las mujeres,
especialmente las que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad, asumen una carga
desigual del cuidado no remunerado, lo que crea obstáculos estructurales a su participación,
permanencia y progresión en la fuerza de trabajo.
6. El rápido envejecimiento de la sociedad en algunas partes del mundo se traduce en una mayor
carga de cuidados, lo que intensifica las brechas en la demanda y en la oferta de cuidados y en
el acceso a estos, en un momento en que los servicios de calidad son más necesarios que
nunca.
7. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) desempeña una función de liderazgo en la
promoción del trabajo decente en la economía del cuidado, conforme a un enfoque del
cuidado basado en el ciclo de vida, y adopta el Marco de las 5 R para el trabajo de cuidados
decente (reconocimiento, reducción y redistribución del cuidado no remunerado, y
recompensa y representación de los trabajadores del cuidado).
Algunos Gobiernos han
realizado avances en la ratificación de los convenios internacionales del trabajo relacionados
con el cuidado y otros convenios internacionales del trabajo pertinentes y han implementado
enfoques integrados con respecto a las políticas del cuidado. Los empleadores y los
trabajadores, a través del diálogo social, así como las iniciativas impulsadas por los
empleadores, han llevado a la introducción de algunas políticas relativas al lugar de trabajo y
modalidades de trabajo favorables a la familia que ayudan a conciliar mejor la vida laboral y
personal y, al mismo tiempo, repartir de manera equilibrada las responsabilidades en materia
de cuidados.Los trabajadores del cuidado están cada vez más organizados. Esfuerzos como
estos significan un avance para transformar la desigual división del trabajo del cuidado entre
hombres y mujeres hacia una organización más igualitaria de los cuidados, promoviendo la
corresponsabilidad social entre el Estado, el sector privado, las familias, la economía social y
solidaria y la comunidad.
8. Sin embargo, persisten lagunas importantes en materia de sensibilización de la opinión
pública, legislación, políticas, financiación y aplicación. Es necesario adoptar medidas urgentes
para lograr el trabajo decente en la economía del cuidado y promover el trabajo decente
garantizando el acceso al cuidado para todos.
II. Una concepción común de la economía del cuidado
9. La economía del cuidado comprende el trabajo del cuidado, tanto remunerado como no
remunerado, el cuidado directo e indirecto, su provisión dentro y fuera del hogar, así como a
las personas que proveen y reciben cuidados y a los empleadores y las instituciones que
ofrecen cuidados. El trabajo del cuidado consiste, entre otras cosas, en actividades y relaciones
que tienen por objeto lograr la sostenibilidad y la calidad de la vida; potenciar las capacidades
humanas; fomentar la capacidad de acción, la autonomía y la dignidad; mejorar las
perspectivas y la resiliencia de quienes prestan y reciben cuidados; satisfacer las diversas
necesidades de las personas en las distintas etapas de la vida, y responder a las necesidades
de cuidado y apoyo en el plano físico, psicológico, cognitivo, de salud mental y de desarrollo
de las personas, incluidos los niños, niñas y adolescentes, los jóvenes, los adultos, las personas
mayores, las personas con discapacidad y todas las personas cuidadoras.
10. El trabajo del cuidado es provisto por el sector público y el sector privado, incluidas las
microempresas y las pequeñas y medianas empresas (mipymes). También es provisto por el
sector sin fines de lucro, la economía social y solidaria, así como por los hogares. El trabajo del
cuidado remunerado abarca diferentes ocupaciones y sectores. La economía del cuidado,
tanto formal como informal, incluye, entre otras, las actividades que ejercen los trabajadores
del sector de la educación, el sector de la atención y la educación de la primera infancia y el
sector de la salud y social, los trabajadores domésticos y las personas que realizan un trabajo
del cuidado no remunerado. En la actualidad, no existe una definición estadística del trabajo
del cuidado consensuada a nivel internacional y es preciso formularla para promover la
armonización y coherencia de los datos sobre el cuidado, también en todos los subsectores
pertinentes.
11. El trabajo del cuidado directo se refiere a las actividades de cuidado personal que tienen un
carácter relacional, mientras que el trabajo del cuidado indirecto comprende actividades que
contribuyen al bienestar, sin que haya un contacto directo entre las personas, como limpiar y
cocinar.
12. El trabajo del cuidado no remunerado, a menudo realizado por la familia y el entorno social de
los destinatarios de los cuidados, reviste gran valor para quienes reciben y quienes proveen el
cuidado, así como para la sociedad. Este cuidado, que debería repartirse de manera más
equitativa entre las mujeres y los hombres, complementa el trabajo del cuidado remunerado,
pero no puede sustituirlo.
13. La actual organización social del cuidado, es decir, quién provee y quién accede al cuidado,
hace recaer una parte desproporcionada del trabajo del cuidado no remunerado sobre las
mujeres, lo que dificulta su inclusión económica y su participación efectiva en el mercado de
trabajo, intensificando así las desigualdades de género en el mundo del trabajo, y priva a
muchas de ellas de un acceso adecuado a la protección social. La carga del trabajo del cuidado
remunerado y no remunerado que asumen las mujeres puede depender en gran medida de
la raza, la etnia, la situación socioeconómica y el lugar de origen.
14. La economía del cuidado comprende políticas y marcos regulatorios, servicios, infraestructura,
instituciones y mecanismos de financiación, así como normas sociales que determinan y rigen
la provisión y recepción de cuidados y apoyo a lo largo del ciclo de vida.Todos los trabajadores del cuidado deberían disfrutar de un trabajo decente. El trabajo
decente para los trabajadores del cuidado contribuye a asegurar cuidados de calidad, la
contratación y retención de trabajadores, y la promoción de la igualdad de género,
contrarresta la escasez de personal y fomenta sociedades y economías resilientes.
III. Principios rectores
15. Al elaborar políticas y enfoques integrados, globales y holísticos en favor del trabajo decente
y la economía del cuidado, los Miembros deberían tener en cuenta los principios que se
enuncian a continuación.
16. El trabajo no es una mercancía, como tampoco lo es el trabajo en la economía del cuidado.
Todas las personas deberían poder cuidar, ser cuidadas y ejercer el autocuidado.
17. Todos los trabajadores del cuidado deberían disfrutar de un trabajo decente. El trabajo
decente para los trabajadores del cuidado contribuye a asegurar cuidados de calidad, la
contratación y retención de trabajadores, y la promoción de la igualdad de género,
contrarresta la escasez de personal y fomenta sociedades y economías resilientes.
18. Todos los Miembros tienen la obligación de respetar, promover y hacer realidad los principios
y derechos fundamentales en el trabajo respecto de los trabajadores del cuidado, a saber: la
libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva; la
eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; la abolición efectiva del
trabajo infantil; la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación, y un
entorno de trabajo seguro y saludable.
19. La ratificación y la aplicación de las normas internacionales del trabajo relativas a la economía
del cuidado son fundamentales para la adopción de un enfoque de los cuidados basado en los
derechos.
20. El acceso a los cuidados y la provisión y la recepción de cuidados deben basarse en los
principios de no discriminación, solidaridad, sostenibilidad, equidad, universalidad y
corresponsabilidad social.
21. Las inversiones en la economía del cuidado promueven un cuidado de calidad y la creación de
empleo decente, y pueden favorecer el fortalecimiento de las capacidades humanas, el
crecimiento de la productividad, una educación de calidad, la mejora de la salud y el bienestar
y la igualdad de género, así como el trabajo decente y una mayor participación de las mujeres
en el mercado de trabajo, y propician la transición a la economía formal.
22. El Marco de las 5 R para el trabajo de cuidados decente orienta la elaboración de estrategias
integradas y coherentes que permiten hacer realidad el trabajo decente en la economía del
cuidado. Se debería reconocer, reducir y redistribuir el trabajo del cuidado no remunerado. El
trabajo del cuidado remunerado se debería retribuir con una remuneración adecuada, en
particular de conformidad con el principio de igualdad de remuneración por un trabajo de
igual valor y una protección social y de los trabajadores eficaz.
23. El logro del trabajo decente implica el establecimiento y la aplicación efectiva de políticas de
licencia por cuidados y servicios de cuidados bien diseñados. Esto permite:
a) la incorporación, permanencia y progresión de los trabajadores con responsabilidades
familiares en la fuerza de trabajo, sin discriminación;
b) una mejor conciliación de la vida laboral y personal y un reparto más equitativo de las
responsabilidades en materia de cuidados entre hombres y mujeres;
c) el crecimiento de la productividad al preservarse la salud y el bienestar de la fuerza de
trabajo;
d) la superación de las desventajas que afrontan las personas que tienen una gran necesidad
de cuidados o apoyo, así como las que afrontan las personas que proveen cuidados o
apoyo no remunerados, y
e) la reducción de las desigualdades de acceso a los servicios de cuidados y apoyo, también
para los trabajadores de la economía informal.
24. El Estado asume la responsabilidad principal de la provisión, la financiación y la regulación de
los cuidados, y vela por que se apliquen los más altos estándares en materia de calidad,
seguridad y salud a los trabajadores y los destinatarios del cuidado. Ello incluye asignar los
recursos necesarios y adoptar y mantener al día un marco regulatorio y de políticas sólido.
25. Las alianzas público-privadas que aprovechan las ventajas de los sectores público y privado
pueden contribuir a desarrollar servicios de cuidados de calidad sin imponer una carga
excesiva a ninguna de las partes, favoreciendo así un ecosistema de cuidados más sostenible.
26. Las empresas públicas y privadas, las cooperativas y otras entidades de la economía social y
solidaria cumplen un papel en la provisión de cuidados de calidad, la inversión en una
infraestructura del cuidado sostenible y moderna, y la oferta de oportunidades de formación
y empleo.
27. La provisión de cuidados comunitarios, inclusive mediante alianzas de colaboración con los
pueblos indígenas y tribales, cuando proceda, puede ayudar a satisfacer las necesidades
locales.
28. La recopilación de datos desagregados según las formas de trabajo del cuidado, y la medición
del alcance y el valor del cuidado no remunerado son fundamentales para comprender la
economía del cuidado y fundamentar la elaboración de políticas. Estos datos deben estar
desagregados por ingresos, sexo, edad, raza, origen étnico, estatus migratorio, discapacidad,
ubicación geográfica y otras características pertinentes, de acuerdo con los contextos
nacionales.
29. La coordinación entre los distintos niveles y sectores gubernamentales, mediante mecanismos
que movilicen a todas las instancias del Gobierno, fomenta la adopción de enfoques del
cuidado coherentes, eficaces e integrados.
IV. Promoción del trabajo decente en la economía del cuidado
30. Teniendo en cuenta los principios expuestos anteriormente, los Gobiernos, las organizaciones
de empleadores y las organizaciones de trabajadores, de acuerdo con sus respectivas esferas
de responsabilidad, con el apoyo de la OIT, deberían:
a) formular y aplicar políticas y sistemas del cuidado integrados y coherentes en pro del
trabajo decente y la igualdad de género. Estas políticas deberían impulsar un enfoque del
cuidado basado en los derechos y estar fundamentadas en las normas internacionales del
trabajo y el diálogo social. El Marco de las 5 R para el trabajo de cuidados decente ofrece
valiosas orientaciones a este respecto;b) integrar los cuidados en las políticas públicas pertinentes, como las políticas relativas al
empleo, las competencias, la macroeconomía, la protección social y de los trabajadores,
y la migración y el medio ambiente, garantizando al mismo tiempo una financiación y
coordinación públicas adecuadas teniendo en cuenta las circunstancias nacionales;
c) promover políticas macroeconómicas y de empleo que generen empleos decentes en la
economía del cuidado, entre otras cosas, mediante la formalización de los empleos y las
empresas informales en el ámbito del cuidado y la prevención de la informalización de los
que son formales, y asegurar un espacio fiscal suficiente;
d) promover políticas activas del mercado de trabajo, la educación y la formación, el
perfeccionamiento de competencias y la recualificación, así como el reconocimiento y la
certificación de competencias dentro de cada país y, cuando corresponda, entre distintos
países, una actitud propicia al aprendizaje y el acceso a oportunidades de aprendizaje
permanente, en consonancia con los avances tecnológicos, para promover el desarrollo
profesional y atraer y retener a una fuerza de trabajo del cuidado cualificada;
e) hacer frente a la subvaloración del trabajo del cuidado, entre otros medios sensibilizando
a la opinión pública sobre el valor social y económico de este tipo de trabajo;
f) corregir la distribución desigual del trabajo remunerado y no remunerado según el
género, y promover la inclusión y la autonomía económicas de las mujeres no solo en el
ámbito de los cuidados, incluso mediante la transformación de las normas sociales y los
estereotipos de género relacionados con los roles del cuidado;
g) ofrecer respuestas adecuadas a las necesidades de todos los trabajadores con
responsabilidades de cuidados, garantizando una protección integral de la maternidad y
la adopción de políticas de protección y de licencia por prestación de cuidados, incluidas
las relativas a la licencia de paternidad, la licencia parental y la licencia por cuidados de
larga duración;
h) reforzar las políticas y las medidas que faciliten la conciliación de la vida laboral y personal,
el desempeño de un trabajo remunerado y la asunción de responsabilidades de cuidado,
lo que incluye medidas relacionadas con la organización del trabajo y con el tiempo y el
lugar de trabajo, así como otras condiciones de empleo;
i) establecer y mantener sistemas de protección social universal que ofrezcan una
protección adecuada a los trabajadores del cuidado en todos los tipos de empleo y
reconozcan el trabajo del cuidado no remunerado, incluso mediante la previsión de
créditos por cuidados en el seguro social;
j) crear un entorno propicio para las empresas sostenibles y establecer un entorno
favorable para las entidades de la economía social y solidaria, que incluyan políticas con
perspectiva de género que promuevan la productividad, la inversión en educación y
desarrollo de competencias y un mayor acceso a oportunidades empresariales, a la
formalización y a la financiación;
k) invertir en servicios de cuidados de calidad, asequibles, adecuados y accesibles, incluidos
servicios de cuidado infantil, de atención de la salud y de cuidados de larga duración, y
proporcionar dichos servicios a todos los trabajadores, incluidos los trabajadores de la
economía informal, posibilitando su transición a la economía formal;
l) velar por que las medidas relativas a los servicios y a la fuerza de trabajo se adecúen a las
especificidades culturales de los pueblos indígenas y tribales, lo que podría incluir la
adopción de perspectivas comunitarias;
m) aumentar la disponibilidad de servicios de asistencia y apoyo para las personas con
discapacidad a fin de promover la autonomía y la independencia individuales, entre otras
cosas, adoptando un enfoque inclusivo de la discapacidad con objeto de aumentar el
acceso a oportunidades de empleo;
n) prevenir y combatir todas las formas de discriminación contra los trabajadores del
cuidado, prestando especial atención a las mujeres, los trabajadores migrantes, los
grupos racializados y las personas en situaciones de vulnerabilidad;
o) asegurar el acceso efectivo a la protección laboral y a la seguridad social, inclusive a través
de la inspección del trabajo, a todos los trabajadores del cuidado en todos los tipos de
empleo, especialmente a los que corren mayor riesgo de no tener una protección
suficiente o adecuada, como los trabajadores domésticos, los trabajadores migrantes o
los trabajadores de la salud y del cuidado comunitarios;
p) diseñar e implementar políticas y estrategias que fijen límites máximos al tiempo de
trabajo, garanticen la seguridad y la salud en el trabajo, entre otras cosas, previniendo y
combatiendo la violencia y el acoso, incluida la violencia y el acoso por razón de género, y
garanticen salarios mínimos adecuados, establecidos por ley o negociados. Los
proveedores de cuidados del sector público deberían servir de ejemplo a este respecto;
q) seguir de cerca los efectos del cambio climático y del progreso tecnológico en el ámbito
de los cuidados, incluido el trabajo del cuidado no remunerado, y considerar la dimensión
del cuidado en relación con las cuestiones emergentes relativas a la gobernanza del
mercado de trabajo y las políticas y medidas de adaptación al cambio climático y
mitigación de sus efectos;
r) apoyar a las mipymes y a las entidades de la economía social y solidaria que prestan
servicios de cuidados de calidad, incluidas las cooperativas y otras iniciativas
comunitarias, a través del fomento de capacidades, el desarrollo de competencias y el
acceso a la financiación, entre otros medios;
s) recopilar y difundir datos sobre el trabajo del cuidado remunerado y no remunerado, de
acuerdo con las normas estadísticas internacionales existentes y con las normas
estadísticas internacionales que se sigan elaborando, a fin de proporcionar una base
empírica para la elaboración de políticas;
t) promover la capacidad de expresión y la representación de las organizaciones de
trabajadores del cuidado, incluidas las de trabajadores domésticos, trabajadores de la
salud y del cuidado comunitarios, y trabajadores migrantes, de las organizaciones de
empleadores de trabajadores del cuidado, y cuidadores familiares no remunerados,
cuando existan, y consultar con ellas, y
u) apoyar iniciativas multilaterales como la Coalición Internacional para la Igualdad Salarial
(EPIC)......................................................ANTECEDENTS DE LA NOTÍCIA.
La cura a la dependència i l’anomenada crisi de les cures no són temes nous. Potser el que és nou és la magnitud de la necessitat i que el FoCAP aborda per primera vegada un tema tan complex, les cures en sentit ampli, més enllà del que estrictament correspon a l’atenció primària de salut.
________________________________________________________________
L’atenció i la cura de la vida, sobretot de les persones amb dependència, és un tema que continua sense assumir-se social i políticacament al nostre país, queda relegat dins de les parets de la llar, de la individualitat. D’aquesta manera, es manté en un terreny privat i invisible i la societat esdevé sorda a les veus de les persones que necessiten ser cuidades.
La llei de la dependència del 2006 va ser un tebi intent d’assumir, des de l’estat, les necessitats i els desitjos de les persones dependents, però mai va estar dotada econòmicament de manera suficient i va ser truncada per la recessió, que la va limitar encara més en amplitud i recursos. I així, comptem amb uns serveis socials i públics pobres, insuficients i poc desenvolupats.
El nostre país té un model de cures mediterrani, propi dels països del sud d’Europa (Espanya, Itàlia, Portugal i Grècia), que centra les cures en la família i en el qual els organismes públics tenen un paper molt reduït. Aquest model és molt diferent del dels països nòrdics, en els quals la provisió de les cures està majoritàriament en mans de les institucions públiques. El sistema de cures s’estructura en base a un enfocament patriarcal que assigna aquesta responsabilitat a les dones. L’absència d’homes en les funcions de cura és possible per la imposició d’una desigualtat social entre gèneres. El rol és imposat i assumit per les dones, no remunerat o remunerat precàriament i queda invisibilitzat.
La pobra assumpció pública ha possibilitat un enfocament mercantil que troba en l’espai de les cures un nou camp d’obtenció de beneficis, sigui mitjançant la provisió dels minsos serveis públics existents, o per la provisió directa de serveis privats. D’aquesta manera l’empresa privada es beneficia de l’enfocament androcèntric i de la feminització del sector. Imposa a les treballadores unes condicions laborals nefastes que reprodueixen i amplien la discriminació de les dones. D’altra banda, l’existència de treball no regulat de persones que són pagades (moltes vegades molt mal pagades) directament pels afectats o les seves famílies introdueix més iniquitats socials també en el camp de les cures.
El mercat i el patriarcat de nou van de la mà i, com diu Amaia Pérez Orozco “Los problemes de la crisis de cuidados se trasfieren de unas mujeres a otras en base a unos ejes de poder en una larga cadena de la cual están sistemáticamente ausentes los hombres......"
Informació de Maxi Martos, del blog de lasafueras.info (Asociación Cultural Las Afueras)